En días pasados, CFE Distribución llevó a cabo una verificación en un usuario que utiliza energía para una industria.
En la revisión señaló que el usuario utilizó energía de forma que no estaba autorizada en su contrato.
Posteriormente notificó dos ajustes uno por la suma de $1,347,750.00 y otro por la suma $765,448.79 pesos.
Inconforme con los ajustes fincados el usuario se acercó a la CFE siendo que la CFE señaló como única acción viable pagar los ajustes fincados.
Al pasar unos días y no realizar el pago CFE suspendió el suministro de energía, causando graves perjuicios al usuario, ya que al ser una industria requería del suministro de energía para realizar sus actividades de producción.
Ahora bien, para lograr la reconexión de energía eléctrica a través de un Juez se puede realizar por dos vías: Una como un procedimiento previo al entablar la demanda y la otra cuando se solicita simultáneamente con la demanda.
El problema radica en que es muy usual que los jueces desechen las demandas en virtud de la carga de trabajo, teniendo que impugnar el desechamiento a través del juicio de amparo y que durante su tramitación es muy probable que no se logre la reconexión del servicio de electricidad.
Cabe señalar que en contra de los medidas cautelares o providencias precautorias los Jueces también desechan las demandas, muchas veces por la carga de trabajo, sin embargo dependiendo de la cuantía, ahi el medio de defensa es un recurso de revocación que resuelve el mismo juez o un recurso de apelación que resuelve el Tribunal de Apelación, siendo mucho más rápidos en resolver en comparación con el juicio de amparo.
Por ello, es necesario analizar la situación particular del cliente a fin de definir una estrategia a seguir, pues el tiempo es un factor importante en estos casos.
En el asunto de nuestro interés, se presentó la solicitud de medidas cautelares pidiendo la reconexión del servicio de energía electrica previo a promover la demanda, siendo que el juez desecho la solicitud, ante ello, se interpuso el recurso de apelación, mismo que fue aceptado y tramitado por el tribunal de apelación y resolviendo conforme a lo solicitado, tal y como se observa a continuación:
Dicha resolución fue remitida al Juez de primera instancia, admitiendo la misma y ordenando a la CFE que reconecte el servicio de energía eléctrica, tal y como se observa a continuación:
Incluso El Juez apercibió a la CFE con multa y/o dar parte al Ministerio Público en caso de desobedecer la orden de reconexión., tal y como se aprecia a continuación:
Es importante señalar que para que surta efectos la medida cautelar el Juez Fija una garantía, en este caso consideró los daños y perjuicio que podría sufrir CFE por no disponer con el dinero de los ajustes (intereses) por el plazo de 3 meses, plazo que consideró que duraría el juicio.
Una vez exhibida la garantía, la CFE reconectó el servicio el mismo día que le fue notificada la resolución por la autoridad judicial.
En este contexto, vemos, la importancia de defenderse en contra de los actos de la CFE, siendo de igual importancia que quien los defienda tenga la experiencia y conocimiento en este tipo de asuntos, sobretodo cuando se trata sobre asuntos de cuantía elevada, ya que la CFE se defiende mucho más agresivamente respecto de estos asuntos.
Con mas de 20 años de experiencia en este tipo de asuntos, para el caso de que Usted o su Empresa o Industria se vea en un problema de esta naturaleza y desee una asesoría o representación de mis servicios le adjunto mis datos de Contacto así como este Formulario Consulta para el caso de que desee plantearme su problema.
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