Como punto de partida es importante recalcar, que la CFE tiene el derecho de realizar revisiones periódicas al medidor para verificar el correcto funcionamiento del mismo, sin embargo, ello no significa que el usuario o consumidor se encuentre obligado a obedecer las órdenes o peticiones que realice el funcionario que efectúe la misma, de hecho, puedes obtener una ventaja procesal significativa si te mantienes al margen de dicha revisión sin intervenir en su desahogo, aquí te señalo alguna de ellas:
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¿Por qué son ilegales los Ajustes a la Facturación que emite la CFE en las tarifas domesticas y PDBT, GDBT, RABT, GDMTH, GDMTO, y RAMT
Los ajustes a la facturación que emite la CFE son ilegales, esencialmente, por cuanto incumplen con lo pactado en el contrato de adhesión que rige la relación comercial, siendo que el usuario final o consumidor solo se encuentra obligado a pagar la energía que consume, resulta relevante que la CFE respete lo pactado en el contrato a fin de no dejar en estado de indefensión al usuario, sin embargo, sistemáticamente la CFE incumple con múltiples obligaciones en perjuicio del usuario, lo que le ocasiona que se declare la nulidad absoluta de los ajustes a la facturación que emite, siendo una de dichas causas la siguiente:
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